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Foro Tecnofrío 2022, 3 de noviembre, Madrid.

Foro Tecnofrío 2022, 3 de noviembre, Madrid.

Instalaciones ATECYR presenta el Foro sobre Tecnologías de Refrigeración – TECNOFRÍO’22, en el que se analizará la situación actual del sector de las instalaciones frigoríficas, tanto vinculadas a la refrigeración comercial, como a procesos industriales, y donde se proyectará la evolución del sector en los próximos años y su carácter esencial para el desarrollo actual de nuestra sociedad. Las técnicas y tecnologías que se usan para producir frío, son esenciales para proporcionar seguridad, salubridad y confort a nuestra sociedad en multitud de ámbitos, como pueden ser, los sectores industriales, farmacéuticos, alimentarios, logísticos, etc. La calidad de vida actual y el aumento de la longevidad disfrutando de buena salud, no serían posibles sin los avances conseguidos en refrigeración. Más información

El Ministerio publica nota aclaratoria del RITE
  • 30 mar. 2022

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El Ministerio publica nota aclaratoria del RITE

Instalaciones El 24 de marzo de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). Transcurrido casi un año desde su publicación, para ayudar a interpretar y aplicar las modificaciones introducidas en el reglamento, se hace necesario reunir y publicar el presente documento que permita aclarar aquellas cuestiones que con más frecuencia se formulan a la Administración. Ver nota aclaratoria sobre RD que modifica el RITE

Publicado en el BOE el nuevo RITE
  • 25 mar. 2021

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Publicado en el BOE el nuevo RITE

Instalaciones Normativa Se ha publicado en el BOE el Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). La reciente aprobación de la Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética, hace necesaria la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de las modificaciones que esta directiva introduce, sobre todo en lo relativo a la introducción de nuevas definiciones y modificación de las existentes, como por ejemplo, instalación técnica, así como nuevas obligaciones relativas a los sistemas de automatización y control de estas instalaciones técnicas, la medida y evaluación de la eficiencia energética general en estas instalaciones y la modificación del régimen de inspecciones. Adicionalmente, con esta revisión del reglamento se introducen varios requisitos para las instalaciones térmicas con el fin de contribuir a las medidas de eficiencia energética incluidas en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 para España así como en el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica, lo cual, cuando corresponda, contribuirá al cumplimiento del objetivo de ahorro de energía final que establece el artículo 7 de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010 y a los compromisos de reducción de emisiones de la Directiva (UE) 2016/2284 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre, sobre techos nacionales de emisión de determinados contaminantes atmosféricos. La reducción prevista del consumo de energía primaria es del 39,5 % en 2030, objetivo que se alcanzará mediante medidas propuestas en el plan, como la renovación del equipamiento residencial, el fomento de la eficiencia energética en la edificación del sector terciario y en equipos generadores de frío y grandes instalaciones de climatización del sector terciario e infraestructuras públicas, siendo el RITE fundamental en la consecución de estas. Una de las principales novedades es que esta modificación obliga a justificar la instalación de sistemas térmicos convencionales en lugar de otros más eficientes y sostenibles y obliga a que los edificios con grandes consumos den el primer paso para convertirse en edificios inteligentes que contribuyan a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). Acceder al BOE

Audiencia pública del Proyecto de Real Decreto sobre ITC de ascensores
  • 15 dic. 2020

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Audiencia pública del Proyecto de Real Decreto sobre ITC de ascensores

Instalaciones En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se procede a realizar la audiencia pública del proyecto de Real Decreto por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 «ASCENSORES» del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, aprobado por Real Decreto 229/1985, de 8 de noviembre. Esta norma se ha elaborado teniendo en cuenta los principios que conforman la buena regulación, a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En particular, se cumplen los principios de necesidad y eficacia al considerarse que la aprobación de este real decreto es el instrumento necesario para conseguir el objetivo perseguido que es actualizar la normativa de seguridad industrial en España en lo relativo al mantenimiento, inspección y modernización de los aparatos elevadores existentes. El principio de proporcionalidad se considera cumplido toda vez que el real decreto contiene la regulación imprescindible para atender a su finalidad. El objetivo es la adaptación de la reglamentación de seguridad de los ascensores, estableciendo prescripciones técnicas que afectan al mantenimiento y a las inspecciones periódicas; mejorar la reglamentación teniendo en cuenta la evolución de la técnica y la experiencia que se ha ido acumulando con la aplicación de la misma que obliga a reconsiderar los modos en los que llevar a cabo las revisiones de mantenimiento. Así mismo, se ha considerado necesario volver a incluir una serie de medidas mínimas que mejoren la seguridad de los ascensores existentes en base a las nuevas prescripciones técnicas en vigor a la hora de la publicación de este Real Decreto. El proyecto de real decreto consta de un preámbulo, un artículo único, ocho disposiciones adicionales, tres disposiciones transitorias, una disposición derogatoria única y dos disposiciones finales. Más información Descargar texto del proyecto Real Decreto

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