Un informe de ManpowerGroup sitúa la Arquitectura Técnica entre las profesiones con mejores perspectivas de futuro

ManpowerGroup, consultoría internacional en recursos humanos y referente en investigaciones sobre gestión de talento y empleo, ha presentado recientemente su informe “El futuro del empleo en España hasta 2028”. El estudio prevé que, en la próxima década, el empleo dirigido a jóvenes menores de 35 años crezca entre el 2,3% y el 3,5% y llegarán a crearse entre 200.000 y 250.000 empleos de alta cualificación. Las ocupaciones más demandadas, es decir que más contribuyen a los 200.000 nuevos empleos, son programadores informáticos (23.000 nuevos empleos), arquitectos técnicos, topógrafos y diseñadores (más de 20.000 nuevos empleos), ingenierías (16.000 nuevos empleos) excepto ingenieros agrónomos, de montes, eléctricos, electrónicos y TIC;  analistas y diseñadores de software y multimedia (más de 16.000 nuevos empleos) y especialistas en finanzas.

Presentación del informe: https://drive.google.com/file/d/1-aNM1h0Hix_aAtNrAKMuPCW-WaKsDqxD/view

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Habilitación a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para vigilar y exigir el cumplimiento de las medidas de prevención frente al COVID-19 en los centros de trabajo
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Habilitación a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para vigilar y exigir el cumplimiento de las medidas de prevención frente al COVID-19 en los centros de trabajo

A través de la Disposición final duodécima del Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transporte y vivienda, se ha modificación el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, añadiéndose tres nuevos apartados, 4, 5 y 6, al artículo 31, con la siguiente redacción: «4. Se habilita a los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social integrantes del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, y del Cuerpo de Subinspectores Laborales, escala de Seguridad y Salud Laboral para vigilar y requerir, y en su caso, extender actas de infracción, en relación con el cumplimiento por parte del empleador de las medidas de salud pública establecidas en los párrafos a), b), c) del artículo 7.1, y en el párrafo d) del mismo, cuando afecten a las personas trabajadoras. Dicha habilitación se extiende a los funcionarios habilitados por las comunidades autónomas para realizar funciones técnicas comprobatorias, a los que se refiere el artículo 9.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con las facultades que tienen atribuidas. 5. El incumplimiento por el empleador de las obligaciones a las que se refiere el apartado anterior constituirá infracción grave, que será sancionable en los términos, por los órganos y con el procedimiento establecidos para las infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales, por el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto. En el caso de incumplimientos de las administraciones públicas, se procederá conforme al procedimiento especial previsto en el Real Decreto 707/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre el procedimiento administrativo especial de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración General del Estado, o en la normativa autonómica de aplicación. 6. El régimen previsto en los apartados 4 y 5 se podrá adaptar en lo que las comunidades autónomas determinen dentro de su ámbito de competencias.» Esta modificación permite a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social actuar de manera directa para vigilar y exigir el cumplimiento de las medidas establecidas en el artículo 7 del Real Decreto-ley 21/2020, frente al COVID-19 en los centros de trabajo, entre otras, medidas de ventilación, limpieza y desinfección, así como de ordenación de puestos y turnos de trabajo y de prevención de concentración de trabajadores. Esta habilitación mantendrá su vigencia hasta que el Gobierno declare de manera motivada y de acuerdo con la evidencia científica disponible, previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Nota Informativa Ministerio de Trabajo

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Lean construction El Consejo General ha organizado una masterclass gratuita dividida en tres sesiones sobre la filosofía LEAN, con la colaboración de D. Juan Felipe Pons, autor de la guía promovida por el CGATE.  Esta Masterclass se celebrará durante los días 26, 30 de marzo y 1 de abril de manera online, ofreciéndonos el autor sus conocimientos para introducir al compañero interesado en esta metodología, que tiene el objetivo de aportar valor al cliente final con cada una de las acciones realizadas en obra. Esto se complementará con la explicación del sistema Last Planner System y la muestra de casos reales en el sector de la construcción. El horario será de 16h a 18h y se podrá seguir online previa inscripción a través del siguiente enlace:  https://attendee.gotowebinar.com/register/1610632108235979019  Aforo limitado 500 inscripciones Descargar la Guía 

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