Mantenimiento eficiente de edificios

INTRODUCCIÓN

En los  últimos  años,  toda  la  normativa  legal  que  se  aplica  en  el  sector  de  la edificación,   responsabiliza   de   un   adecuado   mantenimiento   al   titular   de   la instalación. La última publicada, el Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se  modifican  determinados  artículos  e  instrucciones  técnicas  del  Reglamento  de Instalaciones  Térmicas  en  los  Edificios, responsabiliza  de  forma  clara  e  inequívoca al titular de la instalación de realizar las siguientes acciones:

a) El mantenimiento de la instalación térmica por una empresa mantenedora habilitada.

b) La realización de las inspecciones obligatorias.

c) La conservación de la documentación de todas las actuaciones, ya sean de mantenimiento,   reparación,   reforma   o   inspecciones   realizadas   en   la instalación térmica o sus equipos, consignándolas en el Libro del Edificio.

Es  decir,  la  responsabilidad  de  la  puesta  en  práctica  de  todos  los  trabajos  de mantenimiento   especificados   reglamentariamente   recae   sobre   los   titulares   y usuarios de las instalaciones, aunque el diseño de programas y procedimientos de control   de   la   información   generada   sea responsabilidad   de   las   empresas   de mantenimiento autorizadas a las que se encomiende el servicio de cada instalación.

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