La recuperación del patrimonio cultural de la ciudad de Lorca

INTRODUCCIÓN

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a través del Instituto del Patrimonio Cultural de España, es el responsable de la edición del volumen-catálogo "La recuperación del patrimonio cultural de la ciudad de Lorca", que recoge de forma exhaustiva todos los trabajos y obras ejecutados por el Plan Director y donde queda reflejado el éxito indudable de su balance: se ha ejecutado un 98% del presupuesto previsto, más de 60 millones de euros, y se ha comprometido el 100% del mismo, convirtiéndose en un referente internacional sobre la forma de actuar en situaciones de desastre que afecten al patrimonio cultural.

 

La recuperación del patrimonio cultural de la ciudad de Lorca

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Seguridad y salud Rehabilitación y mantenimiento La diversidad de agentes que intervienen en los TRM, desde el promotor, técnicos, contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos, cada uno de ellos con responsabilidades y funciones distintas, conlleva una especial complejidad en cuanto a la gestión de la prevención de riesgos laborales. El objetivo de esta guía consiste en orientar a los distintos agentes que intervienen en torno a  las  especificidades que conlleva  la  gestión de la  prevención de riesgos laborales (en adelante PRL), en TRM sin proyecto, en función del tipo de promotor, de obra, de trabajos a efectuar, de empresas y otros profesionales que intervienen en la misma, así como del entorno o espacio donde se ubican, entre otros aspectos a considerar. La guía no pretende ser un manual de gestión de la PRL exhaustivo para todos los agentes intervinientes. Su objetivo es aportar la información necesaria, especialmente a aquellos agentes no profesionales, para que puedan tomar las decisiones que les corresponden sabiendo cuáles son sus obligaciones, y a la vez disponer de la información básica sobre las obligaciones y competencias de los demás agentes. Para los agentes profesionales, CSS, técnicos, empresas y trabajadores  autónomos, esta guía es una herramienta útil para orientar su labor en la especificidad que conlleva ser una obra sin proyecto, pero no trata el conjunto de obligaciones que se desprenden de la normativa en PRL entendiendo que es un tema ampliamente tratado en otras publicaciones y que en todo caso no existe diferencia por el hecho de tratarse de TRM sin proyecto. Esta guía, en cuanto a la gestión, recoge lo dispuesto en el RD 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción y que transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva 92/57/CEE, de 24 de junio de 1992, de acuerdo con la interpretación que aporta la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta) del 7 de octubre de 2010.   El documento se estructura en una primera parte de definiciones por lo que respecta al tipo de trabajos y de agentes que intervienen, indicando los requisitos de  gestión específicos para cada agente, aportando unas consideraciones básicas en el caso de TRM sin proyecto; una segunda parte que pretende guiar de manera práctica a cada agente considerando su propia casuística y que se estructura en fichas, y por último se encuentra una recopilación de dos casos prácticos. Guía práctica de seguridad y salud en trabajos de rehabilitación y mantenimiento. Trabajos sin proyecto Ver en la fuente original.

Claves y responsabilidades con el Informe de Evaluación del Edificio
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Claves y responsabilidades con el Informe de Evaluación del Edificio

Rehabilitación y mantenimiento Inspección/ Evaluación de daños La Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas de 27 de junio ha regulado el Informe de Evaluación del Edificio, que ha venido a sustituir o completar a la ITE (Inspección Técnica de los Edificios). Esta regulación se ha trasladado en algunas Comunidades Autónomas con Decretos que matizan el modelo general que ha establecido el Ministerio de Fomento. Recordamos que en el Informe de Evaluación del Edificio se analiza el estado de conservación del edificio, su nivel de accesibilidad y su certificación energética. Independiente de que las Comunidades Autónomas personalicen el modelo general del Ministerio, sin lugar a dudas, es de interés común a nuestra profesión, la discusión sobre los criterios técnicos y las responsabilidades de los agentes que intervienen en la redacción, por ahora, según lo estipulado en el artículo 6.1 de la Ley 8/2013, los técnicos facultativos competentes para suscribir el Informe de Evaluación de Edificios serán los arquitectos y arquitectos técnicos. Esta jornada pretende iniciar un debate sobre este tipo de actuaciones, que requieren de una diagnosis y evaluación rigurosa para salvar la importante responsabilidad que conllevan. Objetivos - Alcance y la metodología de la inspección - Criterios informes desfavorables - Conveniencia de realización de ensayos destructivos y no destructivos - Responsabilidades redacción para los técnicos - Ordenes de ejecución y expedientes de ruina. Destinatarios Arquitectos Técnicos, Ingenieros de Edificación y Arquitectos. Programa Criterios técnicos Informe de Evaluación del Edificio desfavorables según la Ley 8/2013 Ponente: D. Jesús H. Alcañiz Martínez Responsabilidades de los técnicos en la redacción del Informe de Evaluación Ponente: Dª. Mª Cruz Marín Ayala Mesa debate Intervienen: - Dª. Mª Cruz Marín Ayala - D. Jesús H. Alcañiz Martínez - D. Antonio Mármol Ortuño

Directrices para las auditorías de residuos antes de la demolición y las obras de reforma de edificios
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Rehabilitación y mantenimiento Gestión edificación El presente documento proporciona orientaciones sobre buenas prácticas para la evaluación de los flujos de residuos de construcción y demolición antes de proceder a la demolición o reforma de edificios e infraestructuras, lo que se denomina «auditoría de residuos». El objetivo de estas directrices es facilitar y maximizar la recuperación de materiales y componentes procedentes de la demolición o reforma de edificios e infraestructuras para su reutilización y reciclaje, sin comprometer las medidas y prácticas de seguridad descritas en el Protocolo europeo de demolición. Este Protocolo establece que:    - Todos los proyectos de demolición, reforma o construcción deben estar correctamente planificados y gestionados con el fin de reducir los efectos sobre el medioambiente y la salud, y proporcionar, al mismo tiempo, importantes beneficios en materia de costes.    - Deben llevarse a cabo auditorías de residuos (o auditorías previas a la demolición, tal como se definen en el Protocolo europeo de demolición) antes de cualquier proyecto de reforma o demolición, para cualquier material a reutilizar o reciclar, así como para los residuos peligrosos.    - Las autoridades públicas deben establecer el umbral para las auditorías previas a la demolición (que actualmente es muy variable dentro de la UE).    - Las auditorías de residuos tienen plenamente en cuenta los mercados locales en relación con los residuos de construcción y demolición, y los materiales reutilizados y reciclados    - Una buena auditoría de residuos debe llevarla a cabo un experto cualificado (el auditor).   Directrices para las auditorías de residuos antes de la demolición y las obras de reforma de edificios Ver en la fuente original.