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27 may. 2015
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Guía informativa de Obras de mejora de la accesibilidad en Comunidades de Propietarios
Accesibilidad Dotar de accesibilidad universal a los edificios de viviendas de comunidades de propietarios constituye para las personas con discapacidad y personas mayores, una necesidad básica que conecta con derechos humanos fundamentales tales como la libertad de desplazamiento, de comunicación o el de disfrutar de una vivienda digna, pero sobretodo como paso inexcusable a la plena integración de todas las personas. La falta de accesibilidad representa una de las causas más frecuentes de discriminación del que son objeto las personas con discapacidad en nuestro país. En este momento, el ordenamiento jurídico ofrece determinados mecanismos para favorecer la accesibilidad de los edificios de vivienda, que están regulados en las siguientes normas: - Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social. - La Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal(LPH), en la nueva redacción dada por la Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, en su Disposición Adicional Primera, que modifica los artículos 10 y 17 de la LPH. - La Ley 15/1995, de 30 de mayo, de Límites al Dominio sobre inmuebles para Eliminar Barreras Arquitectónicas a las Personas con Discapacidad.