Consulta pública previa sobre el Proyecto que modifica el Código Técnico de la Edificación

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Admiraciones Públicas, y el artículo 26.2 de la ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a la elaboración del correspondiente borrador o borradores, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente más afectados por la futura norma acerca de:
1.Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
2.La necesidad y oportunidad de su aprobación
3.Los objetivos de la norma
4.Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

En cumplimiento de lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PRE/1590/2016, de 3 de octubre, por la se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de septiembre de 2016, por el que se dictan instrucciones para habilitar la participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web de los departamentos ministeriales, se plantea la siguiente consulta pública.

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Publicado RD 450/2022, de 14 de junio por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación
  • 16 jun. 2022

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Publicado RD 450/2022, de 14 de junio por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación

Normativa El 15 de junio, se publicó en el BOE el citado RD, que establece una nueva exigencia de calidad en las edificaciones que obliga a disponer una infraestructura mínima para la recarga de vehículos eléctricos. Esta exigencia se desarrolla en una nueva sección del DB-HE, la Sección HE-6, donde se fija la dotación mínima de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos con la que deben contar los edificios nuevos y las intervenciones en edificios existentes de determinada entidad. Estas exigencias son diferentes en función de que los edificios se destinen a un uso residencial privado o a otros usos distintos de este. Con el establecimiento de esta dotación mínima de infraestructura de recarga en edificios se completa la transposición de la Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética. El real decreto también modifica el Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC- BT 52 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Esta modificación es necesaria dado que en la actualidad en España es este Real Decreto 1053/2014 el que establece las dotaciones mínimas de infraestructura de recarga de vehículo eléctrico asociadas tanto a edificaciones como a estacionamientos no adscritos a edificaciones. Como consecuencia de la modificación la dotación en los edificios se va a incrementar y su regulación pasa a establecerse en el CTE, marco reglamentario que engloba las exigencias en edificación. No obstante, la ITC- BT 52 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión continuará en vigor, siendo el marco reglamentario donde se establecen los requisitos técnicos de la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos tanto en edificaciones como en estacionamientos no vinculados a edificaciones. Más información Descargar RD 450/2022

Consultas públicas previas del Real Decreto por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación
  • 19 dic. 2022

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Consultas públicas previas del Real Decreto por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación

Normativa Se han iniciado las consultas públicas previas de dos proyectos de Real Decreto que desarrollan la Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura. El primero de ellos se refiere al proyecto de Real Decreto por el que se crea el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura y se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el real decreto 314/2006, de 17 de marzo y la Orden VIV/1744/2008, de 9 de junio, por la que se regula el Registro General del Código Técnico de la Edificación. El Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura será una institución heredera del Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación creado por el Real Decreto 315/2006, de 17 de marzo. De acuerdo con el artículo 6 de la Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura, el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura se constituye como un órgano colegiado, con un carácter asesor y consultivo de la Administración General del Estado, que tiene como objetivo servir de plataforma de intercambio de conocimiento, participación, consulta y asesoramiento en las materias relacionadas con el objeto de esta ley. Simultáneamente a este desarrollo reglamentario y dada su estrecha relación con la calidad en el ámbito de la edificación, se pretende hacer una revisión del contenido y estructura del Registro General del CTE creado mediante el artículo 4 de la Parte I del CTE y regulado mediante la Orden VIV/1744/2008, de 9 de junio. El segundo de los reales decretos tiene por objeto crear y regular la Casa/Museo de Arquitectura, institución que aspira a convertirse en un referente nacional e internacional para la divulgación de la arquitectura a través de una doble sede: un museo físico y una plataforma digital, ambas conectadas entre sí. La Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura estableció en su artículo 7 la creación de la Casa/Museo Arquitectura, como un museo de titularidad y gestión estatal, adscrito al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. En su Disposición Final quinta, la ley emplazó al Gobierno a desarrollar la regulación de esta institución mediante la aprobación de un Real Decreto. Se puede acceder a las dos consultas públicas previas a través de la página de Participación Pública del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, desde los siguientes enlaces: > Consulta pública previa sobre el proyecto de Real Decreto por el que se crea el Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura y se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo y la Orden VIV/1744/2008, de 9 de junio, por la que se regula el Registro General del Código Técnico de la Edificación > Proyecto de Real Decreto por el que se crea y se regula la Casa/Museo de Arquitectura En estas páginas se encuentran las indicaciones para enviar aportaciones. El plazo para la presentación de observaciones termina el 31 de enero de 2023.